FACTURA DE TRASLADO

Comprobante de Traslado.- Sirven para acreditar la propiedad de las mercancías durante traslado (carta porte), también puede usarse, en algunos casos, para documentar operaciones de traslado de mercancías al extranjero (para mayor información sobre esto último, consúltese la Guía de llenado del comprobante al que se le incorpore el complemento para comercio exterior)   en ambos casos, el valor total del Comprobante será por un importe “0”. Este comprobante es emitido por el propietario de la mercancía cuando contrata servicios de transportación para su traslado

 

 

Cuando quienes transporten las mercancías nacionales sean sus propietarios, podrán acreditar únicamente el traslado mediante un CFDI de traslado o  su representación impresa expedido por ellos mismos, con valor cero y la clave genérica del receptor de la regla 2.7.1.26 especificando en clase de bienes o mercancías el objeto de transporte de la mercancía, para mayor información sobre los requisitos de la carta porte puede consultarse en el DOF del 15 de diciembre de 2015, o en la siguiente dirección electrónica de la SCT: http://www.sct.gob.mx/transporte-y-medicina-preventiva/autotransporte-federal/marco-normativo/formatos-de-carta-porte/